Quienes Somos
La Academia de la Fiscalía de Chile es una Unidad de Apoyo cuya misión y visión son:
La misión es la formación integral de fiscales y funcionarios desde una perspectiva académica, orientada a la excelencia en la gestión institucional y en el desarrollo de las personas, para que como servidores públicos brinden servicios de calidad a la comunidad.
La visión de la Academia es constituirse en un referente de formación, perfeccionamiento y desarrollo de las personas que integran el Ministerio Público, promoviendo los valores institucionales e innovando permanentemente en la búsqueda de la mejora institucional.
La Academia fomentará un acceso y selección equitativa de los postulantes a los diversos programas y becas, en base a criterios objetivos.
Directorio
El Directorio de la Academia es órgano colegiado y consultivo del Fiscal Nacional, el que podrá consultarle respecto de las materias que estime pertinentes, en particular:
- Propuesta de programas de capacitación y perfeccionamiento institucional.
- Objetivos estratégicos de la Academia, a partir de las necesidades de la institución.
- Distribución anual del presupuesto.
Los directores en la actualidad son:
Director/a
Fiscal Nacional
Director/a
Ejecutivo Nacional (s)
Fiscal
Fiscalía Regional (Norte)
Fiscal
Fiscalía Regional (Centro)
Fiscal
Fiscalía Regional (Sur)
Director/a
Unidad de Apoyo
Director/a
Unidad Especializada
Secretario/a
Cargo Ejecutivo
Puede revisar el listado de relatores con que cuenta la Academia en el siguiente link: RES 735_Designa y actualiza nómina de Relatores Internos
Los reglamentos que rigen el quehacer de la Academia son:
La Política Nacional de Capacitación considera los principios que inspiran el Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento para Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público.
- La capacitación y perfeccionamiento en el Ministerio Público tendrá como objetivo principal proveer y fomentar oportunidades de aprendizaje de sus fiscales y funcionarios de manera que adquieran o desarrollen los conocimientos, habilidades y actitudes requeridas para mejorar su desempeño. (Art. 34 del Reglamento Orgánico de las Unidades de Apoyo de la Fiscalía Nacional y artículos 2°, 3°, 4°, 39 y 40 del Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento para Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público).
- La capacitación será permanente y continua lo que se materializará a través de la malla de formación y perfeccionamiento para fiscales y funcionarios. (Art. 34 del Reglamento Orgánico de las Unidades de Apoyo de la Fiscalía Nacional y artículos 2°, 39 y 40 del Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento para Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público).
- Todos los programas de capacitación deberán estar alineados y ser congruentes con la misión, objetivos, lineamientos del plan estratégico institucional y política nacional de persecución penal de la Fiscalía de Chile. (Art. 34 del Reglamento Orgánico de las Unidades de Apoyo de la Fiscalía Nacional y artículos 39 y 40 del Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento para Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público).
- La Academia promoverá un acceso equitativo a los programas de capacitación, en base a criterios objetivos, claros y precisos de participación. (Art. 35 d) del Reglamento Orgánico de las Unidades de Apoyo de la Fiscalía Nacional y artículo 26 del Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento para Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público)
- Los programas de capacitación deberán apoyar de manera efectiva los requerimientos o necesidades emergentes que surjan. Para ello, contará con una malla flexible en que se podrán incorporar nuevos cursos de acuerdo a las necesidades. (Arts. 35 e), h) del Reglamento Orgánico de las Unidades de Apoyo de la Fiscalía Nacional y artículo 22 del Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento para Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público).
- Todos los cursos de la Academia deberán ser evaluados. (Arts. 35 h) del Reglamento Orgánico de las Unidades de Apoyo de la Fiscalía Nacional y artículo 35 del Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento para Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público).
- Los programas de capacitación deberán contar con relatores internos y externos, velando por su excelencia y competencia. ( Arts. 35 p) del Reglamento Orgánico de las Unidades de Apoyo de la Fiscalía Nacional y artículos 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento para Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público).
- Los programas de capacitación incorporarán cursos presenciales, e – learning y mixtos. Se fomentará el uso de la tecnología para el cumplimiento de sus objetivos. (Arts. 34 y 35 letras f) y r) del Reglamento Orgánico de las Unidades de Apoyo de la Fiscalía Nacional).
- La Academia de la Fiscalía de Chile buscará ser un referente de excelencia en el ámbito académico y social. (Arts. 35 letras o) y q) Reglamento Orgánico de las Unidades de Apoyo de la Fiscalía Nacional).
Actualmente la Academia cuenta con los siguientes convenios vigentes